núm. 16 (2022)

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  • Infracción a la propiedad intelectual en una plataforma de e-commerce: análisis de la responsabilidad del portal de ventas: Comentario al fallo “Iglesia Mesiánica Mundial Sekai Kyusei Kyo en la Argentina c/Mercado Libre S.A. y otros s/Propiedad Intelectual 11.723”

    Institución: Universidad de La Sabana

    Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual

    Autores: Bevolo, Luciano Gustavo

    Fecha de publicación en la Revista: 2022-06-30

    Uno de los puntos más controvertidos en relación con las consecuencias jurídicas que se derivan del rol de intermediarias que ejercen las plataformas digitales se encuentra en determinar los alcances de su responsabilidad. En Argentina, ante un supuesto de infracción a la propiedad intelectual producida dentro del ámbito de la plataforma, se parte de la ausencia de una regulación específica sobre la responsabilidad de esta última. A raíz del fallo comentado, la CNCivil tuvo en sus manos una nueva oportunidad de pronunciarse al respecto –en esta ocasión, con motivo de una infracción a la propiedad intelectual dentro de Mercado Libre– y, específicamente, el surgimiento del interrogante de si esta debía responder por la publicación y/o la comercialización de un libro plagiado en su sitio de ventas online. Así, atento a las circunstancias del caso y efectuando una valoración realista de las posibilidades concretas de conocer el ilícito de antemano por parte de Mercado Libre, la Cámara consideró que lo más equitativo era juzgar su responsabilidad mediante la aplicación de la doctrina “subjetiva” y, en razón de no haberse invocado ni acreditado en el proceso judicial el conocimiento a priori del plagio, en consecuencia resolvió no hacer lugar a la demanda en contra de la renombrada plataforma.
  • El régimen jurídico y la concesión de los títulos de obtentor en México
    Este artículo analiza la implementación del régimen jurídico de protección de variedades vegetales en México y el proceso de concesión de los títulos de obtentor. Partimos de la caracterización de la agricultura mexicana presentando un panorama dicotómico: de un lado, la agricultura tradicional; de otro, la agricultura comercial. Como siguiente punto, la implementación del sistema de variedades vegetales como parte de los cambios en la economía en las décadas de 1980 y 1990, cuando el Estado dejó de intervenir en la actividad agrícola y acometió un proceso de liberalización comercial. Posteriormente, estudiamos la pieza fundamental de este cambio: los tratados internacionales que obligan a México a proteger las variedades vegetales y el Convenio Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales. También examinamos brevemente acuerdos en los que se limita la propiedad industrial, así como la regulación constitucional y su interpretación, que permitiría equilibrar los intereses de todas las partes implicadas. Después, revisamos el régimen jurídico de la Ley Federal de Variedades Vegetales y su Reglamento y ponemos énfasis en los límites a los derechos del obtentor, así como a la protección de la biodiversidad. Estudiamos la estructura administrativa involucrada en el procedimiento de concesión de los títulos de obtentor y, por último, dicho proceso desde la solicitud hasta la concesión del título de obtentor.
  • El secreto comercial made in Paraguay: los alcances y límites en el derecho laboral y en el derecho penal

    Institución: Universidad de La Sabana

    Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual

    Autores: Lacasa, Pedro

    Fecha de publicación en la Revista: 2022-06-30

    En el derecho paraguayo no existe una norma “madre” que regule la “información confidencial” que debería ser mantenida “en secreto”. Lo que sí existe son varias disposiciones que regulan la “información confidencial” que debería ser mantenida “bajo reserva”. Estas diversas disposiciones normativas provienen de varias áreas del derecho, como el civil, el laboral, el penal, el administrativo, etc. Incluso, en el derecho paraguayo se conocen varios niveles de “secreto”, a saber: “profesional”, “industrial”, “de fábrica”, “empresarial”, “comercial”, “asunto de carácter reservado”, etc. A pesar de que el parecido terminológico parecería sugerir una única (o al menos una parecida) protección jurídica, estos “niveles” del secreto, de hecho, varían en el alcance y la calidad de protección legal que reciben. En el presente trabajo se estudiará el “secreto” desde el punto de vista del derecho laboral y del derecho penal, considerando los principios generales del derecho y las reglas del derecho civil y del administrativo, con el objetivo de precisar el alcance de las normas laborales y penales que protegen al secreto. Dado que “secreto comercial” a veces no es exactamente lo mismo que “secreto profesional” u otro, también se resaltará este detalle a fin de analizar correctamente el derecho laboral y el penal en este aspecto.
  • Herramientas para proteger las creaciones de la moda en la propiedad intelectual

    Institución: Universidad de La Sabana

    Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual

    Autores: Toledo Fraginals, Adolfo Jesús

    Fecha de publicación en la Revista: 2022-06-30

    Este artículo tiene como objetivo principal determinar cuáles son las herramientas con las que cuenta el derecho de autor y el derecho de la propiedad industrial para proteger las creaciones en la industria de la moda. Se analiza la historia de la industria de la moda para determinar su valor e importancia y, a partir de sus elementos, se determina que es una industria donde la creatividad, el ingenio y la innovación tienen una importancia fundamental para la creación de diversos objetos. Dependiendo de si la creación es técnica, ornamental o artística se estará ante un nivel de protección distinto. A lo largo del artículo se analizan las figuras de derecho de autor, marcas, patentes, secretos industriales y diseños industriales, proponiendo en cada una de las figuras las situaciones en las que resultan aplicables a la industria de la moda. Si bien los vestidos y objetos de la moda pueden ser protegidos por diversas figuras de la propiedad intelectual, a las que más se recurre por los diseñadores y las empresas son el diseño industrial y el arte aplicado. El uso de estas figuras lleva a que analicemos la posibilidad de obtener una protección acumulada por parte del derecho de autor y del derecho de la propiedad industrial. En México, la ley establece la protección acumulada de las figuras, sin embargo, en los tribunales se ha determinado que un objeto que quiere registrarse como una obra de arte aplicado debe ser original y generar una sensación de agrado en las personas que la aprecien.
  • Estudio del caso "Fandango" como intermediario digital de la industria audiovisual argentina: ¿innovación o thriller?

    Institución: Universidad de La Sabana

    Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual

    Autores: Devoto Borrelli, María C.

    Fecha de publicación en la Revista: 2022-06-30

    Este estudio, a través de distintas aristas de la propiedad intelectual y de la defensa de la competencia, ayuda a comprender las dinámicas, desafíos y diferencias en la gestión de la innovación e intangibles que explican la gran brecha existente entre los distintos actores de la industria cinematográfica en Argentina. Analiza la intermediación digital que ofrecía Fandango en la venta de tickets de cine en Argentina a fines de 2019. Sirve para comprender los límites de la competencia, cuándo hay buena fe comercial y cuándo una estrategia, aún exitosa en el mundo del marketing, se torna desleal para la empresa competidora incurriendo en una violación marcaria y competencia desleal, entre otras. Si bien fue realizado en la prepandemia, el aislamiento obligatorio aceleró la transformación digital y confirmó la vigencia del trabajo, que ya señalaba los riesgos y oportunidades para la industria audiovisual en plena disrupción con el surgimiento de los canales de streaming y los lanzamientos de films en simultáneo con las salas de cine. Asimismo, se señala al finalizar cada capítulo una agenda de temas a trabajar para mejorar la gestión de los activos intangibles, aprendiendo de la experiencia de los líderes en innovación audiovisual e instando a los actores audiovisuales a comprender los beneficios y conocer los avances tecnológicos disponibles. Por último, propone alternativas para satisfacer las altas expectativas de los espectadores, que hoy son también consumidores exigentes, y especialmente caminos para encontrar en conjunto la recuperación, crecimiento y expansión de la industria audiovisual argentina con tanto talento y potencial.