núm. 4 (2016)
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- B. Corte Internacional de Justicia: caso relativo a la aplicación de la convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (Croacia contra Serbia) Decisión de fondo 3 de febrero de 2015
Institución: Universidad del Rosario
Revista: Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal
Autores: Hernández, Gretta Natalia
Fecha de publicación en la Revista: 2016-03-14
- OLASOLO ALONSO, Héctor. Introducción al Derecho internacional penal. México D.F., Tirant lo Blanch, Universidad del Rosario & Instituto Ibero-Americano de la Haya para la Paz, los Derechos Humanos y la Justicia Internacional, 2014, ISBN: 978-84-9086-2612,
Institución: Universidad del Rosario
Revista: Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal
Autores: Donald, Constanza Núnez
Fecha de publicación en la Revista: 2016-03-14
- Listado de jurados nacionales e internacionales: IV edición del Certamen de Ensayos Blattmann, Odio Benito y Steiner
Institución: Universidad del Rosario
Revista: Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal
Autores: Olásolo Alonso, Héctor
Fecha de publicación en la Revista: 2016-03-14
- A. Tribunal Internacional Penal para la antigua Yugoslavia Decisión de la Sala de Apelaciones del Tribunal Internacional Penal para la antigua Yugoslavia en el caso de la Fiscalía contra Vlastimir Đorđević
Institución: Universidad del Rosario
Revista: Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal
Autores: Serrano Uribe, Juan Camilo
Fecha de publicación en la Revista: 2016-03-14
- El umbral de gravedad en el crimen de agresión: ¿una nueva categoría en los usos ilícitos de la fuerza?
Institución: Universidad del Rosario
Revista: Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal
Autores: Pezzano, Luciano
Fecha de publicación en la Revista: 2021-03-05
En este ensayo nos referiremos a los efectos que en las normas internacionales relativas al uso de la fuerza puede tener el denominado “umbral de gravedad” que se encuentra en la definición del crimen de agresión en el artículo 8 bis del Estatuto de Roma. Haciendo hincapié en la gravedad como característica definitoria de la agresión, buscaremos determinar si el umbral del artículo 8 bis introduce una nueva categoría dentro de los usos ilícitos de la fuerza. Para ello, analizaremos la agresión en el contexto de las normas internacionales relativas al uso de la fuerza y las disposiciones del artículo 8 bis, en particular, la cláusula de umbral, las referencias a la resolución 3314 (XXIX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas y los “entendimientos” aprobados por la Conferencia de Revisión. - La función de la costumbre en el Estatuto de la Corte Penal Internacional
Institución: Universidad del Rosario
Revista: Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal
Autores: Trinidad Núñez, Noelia
Fecha de publicación en la Revista: 2021-03-05
Este trabajo se ocupa de la función de la costumbre como fundamento de la punibilidad en el Estatuto de la Corte Penal Internacional (ECPI). En primer lugar, estudia su lugar en el sistema de fuentes del Estatuto. Luego, investiga específicamente si en el ECPI existe una prohibición de fundamentar la punibilidad en el derecho consuetudinario. Para ello, estudia el alcance del principio de legalidad en el sistema de la CPI y su relación con el derecho consuetudinario. A continuación, analiza si el ECPI admite el recurso al derecho consuetudinario como criterio de interpretación, incluso en perjuicio del imputado. Finalmente, se ocupa de la propuesta de fundamentar la punibilidad directamente en normas consuetudinarias cuando la CPI ejerce jurisdicción sobre crímenes cometidos en el territorio y por nacionales de Estados no parte. El trabajo concluye que aunque el ECPI reconoce a la costumbre una función más marginal que la que tuvo en las experiencias precedentes de derecho internacional penal, existen, sin embargo, ámbitos en los que esta fuente puede tener significado y ello incluso en relación con la fundamentación de la punibilidad. - El derecho internacional penal como instrumento de resistencia en los tribunales populares: el Tribunal Internacional para la Justicia Restaurativa Aplicación en El Salvador
Institución: Universidad del Rosario
Revista: Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal
Autores: Frisso, Giovanna M.
Fecha de publicación en la Revista: 2016-03-14
En 2009, el Tribunal Internacional para la Justicia Restaurativa Aplicación en El Salvador fue creado por la sociedad civil como respuesta al contexto de inercia del estado y la reiterada negativa por parte de las autoridades públicas para cumplir con su responsabilidad en materia de derechos internacional humanitario humano, en particular con respecto al acceso de las muchas víctimas de los conflictos armados a la justicia. Es un lugar donde innumerables historias de sufrimiento, el abuso y la violencia durante el conflicto, hasta entonces Silenciado comienzan a emerger y comienzan a ser abordado desde el lenguaje jurídico. En este artículo se argumenta que el uso del lenguaje jurídico, en especial para el derecho penal internacional, y la centralidad que se atribuye a las víctimas permite la caracterización de la Corte como un instrumento transitorio de la justicia y el fortalecimiento del régimen democrático, a pesar de su carácter no oficial (no estado). Por lo tanto, el artículo se refiere a la literatura sobre los tribunales de las personas y el concepto de resistencia civil no violenta. - Ausencia de una perspectiva de género en la Corte Penal Internacional: una mirada al caso Fiscalía vs. Lubanga Dyilo
Institución: Universidad del Rosario
Revista: Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal
Autores: Morales Cerda, Natalia Paz
Fecha de publicación en la Revista: 2021-03-05
La ausencia de una perspectiva de género en la labor de la Corte Penal Internacional es una de las principales deficiencias del actual sistema penal internacional. Esto ha tenido consecuencias que son evidentes en el caso contra Thomas Lubanga Dyilo, el cual ha dejado una importante deuda para el funcionamiento de los órganos de la Corte Penal Internacional. Al respecto, la Corte Penal Internacional debe invocar una solución de continuidad en la consagración de los derechos humanos fundamentales y dar cabida a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la materia, cuyo fundamento como derecho aplicable se recoge en el párrafo 3 del artículo 21 del Estatuto de Roma. La discriminación por motivos de género es estructural y requiere la adopción de medidas efectivas por parte de la comunidad internacional para su erradicación. En ese sentido, la Corte Penal Internacional debereconocer en el género un elemento transformador del Derecho, identificar aquellos rasgos comunes en la subordinación femenina que típicamente ha motivado crímenes basados en este y propiciar sentencias con contenido de género. - Editorial Volumen 04
Institución: Universidad del Rosario
Revista: Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal
Autores: Olásolo Alonso, Héctor
Fecha de publicación en la Revista: 2016-03-14
- Actores no estatales: grupos armados, milicias, señores de la guerra, grupos criminales organizados y paramilitares. ¿Pueden acaso estos grupos cometer crímenes internacionales conforme al Derecho penal internacional?
Institución: Universidad del Rosario
Revista: Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal
Autores: Rocha Herrera, Mónica
Fecha de publicación en la Revista: 2021-03-05
El legado de los tribunales penales internacionales de la ONU, el ICTY y el ICTR han sido claros y consistentes en una jurisprudencia conducente a responder de manera afirmativa que aquéllos grupos de individuos conformados por actores ‘No Estatales’ como grupos armados, milicias, señores de la guerra, paramilitares e incluso grupos criminales organizados son susceptibles de cometer crímenes internacionales conforme al derecho penal internacional, a saber, genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. La Corte Penal Internacional ha asumido este legado y hoy sabemos que, con o sin la complicidad de las autoridades del Estado, y a partir de la escasa jurisprudencia de la Corte Penal Internacional, estos grupos cometen crímenes de guerra como bien se estableció en la sentencia de Lubanga del 2012 y en Katanga del 2014 respectivamente. Crímenes de lesa humanidad a partir concretamente de la Decisión de Apertura de una Investigación para Kenia en 2010 donde la Sala a pesar de discrepancias adoptó la posición de que estos grupos organizados, con algún tipo de jerarquía y capaces de infringir los derechos humanos pueden ser considerados ‘organización’ en el sentido del artículo 7 del Estatuto de Roma. La comisión de genocidio por estos grupos en la CPI no la encontramos aún, pero el legado dejado por el ICTR y el ICTY es poderoso y elocuente. - Preliminares | Volumen 04
Institución: Universidad del Rosario
Revista: Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal
Autores: Olásolo Alonso, Héctor
Fecha de publicación en la Revista: 2016-03-14