núm. 15 (2021)
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- Estudio sobre el marco jurídico audiovisual en Latinoamérica. Parte 5: la identificación y el uso de metadatos en las obras audiovisuales
Institución: Universidad de La Sabana
Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual
Autores: Schötz, Gustavo
Fecha de publicación en la Revista: 2021-12-28
Las obras audiovisuales son accesibles al público por diversos mecanismos de distribución, tradicionalmente llamadas “ventanas”. Inicialmente, la sala de cine fue el primer lugar donde la obra era exhibida, a la que luego se sumó la televisión. Ambos canales tienen prácticas establecidas respecto a la identificación de la obra, usos y territorios autorizados, audiencia o taquilla, así como de sus autores, titulares de derechos y participantes, sean estos directores, guionistas, productores, actores, músicos o bailarines, entre los principales. La información para la gestión de este tipo de obras es sumamente relevante. En el ámbito digital, la explotación multiplataforma y multiterritorial requiere nuevas estrategias de gestión, la cual se basa en datos. El presente estudio analiza cómo debería consolidarse un sistema informativo en el ámbito digital, haciendo uso de los metadatos, los identificadores universales, las marcas de agua y las huellas digitales, de modo que se consoliden bases de datos interoperables en beneficio de todos los participantes y del público. - Regulación jurídica del secreto empresarial en el ordenamiento jurídico cubano
Institución: Universidad de La Sabana
Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual
Autores: Rodríguez Hernández, Dayanis María; Palmero Martín, Lorenzo; González Bello, Kirenia; Donis Vieites, Heidy
Fecha de publicación en la Revista: 2021-12-28
La investigación titulada: Regulación jurídica del secreto empresarial en el ordenamiento jurídico cubano, abarca un análisis doctrinal del secreto empresarial como institución jurídica. El secreto empresarial constituye una institución legal de gran relevancia en la medida que impulsa el desarrollo de la industria y los negocios mediante la protección de las informaciones y conocimientos que no resultan accesibles al público y constituyen un resultado ventajoso en el mercado. El marcado valor de índole económico-comercial que trasluce el secreto empresarial, forja la implementación de medidas su protección legal. Pese a las transformaciones realizadas en Cuba en materia de Propiedad Intelectual, aún se observan insuficiencias en cuanto a la regulación jurídica del secreto empresarial que merecen especial atención. La implementación de una normativa que regule sustantivamente la institución con remisión a normas desarrolladoras, constituye una necesidad en cuanto a la protección de los empresarios y sus intereses. El tema en cuestión posee gran importancia en el proceso de actualización del modelo económico cubano, así como la protección de los derechos dentro de la industria nacional. Atendiendo a ello se traza como objetivo general: Fundamentar la necesidad de la adecuada regulación del secreto empresarial en el ordenamiento jurídico cubano. - La (des)protección del autor extranjero de obra audiovisual
Institución: Universidad de La Sabana
Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual
Autores: López-Tarruella Martínez, Aurelio
Fecha de publicación en la Revista: 2021-12-28
El presente trabajo analiza las causas por las cuales el autor de obra audiovisual no recibe una remuneración equitativa cuando su obra se explota en países extranjeros. Estas razones son la diferencia entre legislaciones derivadas del principio de territorialidad y las prácticas contractuales de los productores audiovisuales. A continuación, se analizan las posibles soluciones a esta desprotección, partiendo, en primer lugar, de explicar las razones que provocan que las normativas de protección del autor en la contratación sean ineficientes cuando los contratos adquieren un carácter internacional. En segundo lugar, se aboga por la adopción de un derecho de simple remuneración por la explotación de la obra audiovisual de carácter irrenunciable y gestionado colectivamente. Por último, se explica el importante papel que las sociedades de gestión colectiva juegan para proteger al autor audiovisual extranjero en América Latina. - Apuntes sobre la licitud de la copia
Institución: Universidad de La Sabana
Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual
Autores: Tobón, Natalia Celena
Fecha de publicación en la Revista: 2021-12-28
Los autores defienden la licitud de la copia de una obra –literaria, artística, arquitectónica, fotográfica, de bellas artes- cuando la obra que se duplica no es original; cuando la obra que se reproduce está en el dominio público -y se honra el derecho de paternidad-; y cuando la copia se hace sin incurrir en competencia desleal o enriquecimiento ilícito. - Una mirada al discurso de la inteligencia artificial y el derecho de autor desde la teoría de la personalidad
Institución: Universidad de La Sabana
Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual
Autores: Páez Chaljub, Pablo Miguel
Fecha de publicación en la Revista: 2021-12-28
La Inteligencia Artificial es un fenómeno que ha evolucionado y se ha hecho cada vez más notable en nuestra sociedad, especialmente desde lo que se ha denominado como la “Cuarta Revolución Industrial”, un periodo en el cual se vio un gran aumento en la creación de invenciones tecnológicas. Debido a este desarrollo exponencial, la Inteligencia Artificial se ha tomado un papel relevante en nuestro día a día. Una de las formas en las que estas tecnologías se han hecho presentes en nuestra sociedad, ha sido mediante la creación de obras literarias, artísticas y científicas, lo cual ha significado que vuelvan a debatirse figuras clásicas que se creían ya cerradas dentro del Derecho de Autor, entre estas figuras se destaca la de la autoría, la originalidad y, consecuentemente, la titularidad de derechos. La respuesta sobre este último, ha tenido distintas respuestas clásicas, lo cual es común encontrar en distintos textos académicos, pero el objetivo de este artículo es presentar una propuesta desde los fundamentos filosóficos del Derecho de Autor a partir del estudio de la Teoría de la Personalidad, definiéndola como una de las principales teorías que pueden justificar la existencia de sistemas normativos del Derecho de Autor, con el fin de determinar si las obras producidas por este tipo de tecnología, pueden ser susceptibles de reconocimiento de derechos dentro de nuestro sistema jurídico. - Simetrías y asimetrías entre el procedimiento del sistema de oposición de marcas de Argentina y México
Institución: Universidad de La Sabana
Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual
Autores: San Miguel Medina, Elías Efrain
Fecha de publicación en la Revista: 2021-12-28
El objetivo del presente trabajo es realizar un análisis comparativo que dimensione la importancia de la implementación del Sistema de Oposición de Marcas que proporciona la legislación de la República Argentina (Ley 22362 de Marcas y Designaciones) y su análoga de los Estados Unidos Mexicanos (Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial). Para llegar a las conclusiones se realizará un análisis comparativo de los sistemas de oposición que se implementan en Argentina y México. En este último, hay un sistema gris, mórbido, principalmente porque la autoridad en ningún momento plasma una manifestación respecto a la solicitud y a la contestación de la oposición debido a que no cumple el objetivo planteado en el decreto de la reforma implementada en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, pues el oponente no puede tener respuesta a su oposición sino una vez que concluya el trámite de registro, por ende, lo coloca en un estado de incertidumbre jurídica, pues al ser la oposición parte del procedimiento administrativo de registro de marca, la autoridad debería dar una respuesta o comentarios después de la solicitud de la oposición y no solo cuando llegue al examen de fondo, lo que sí realiza son intervenciones de forma en el sentido de que si el usuario que promueve la solicitud de oposición se encuentra autorizado en el expediente para gestionar dicha petición, pero como tal no realiza algún comentario en relación a que si la oposición es admitida o no, en el mismo supuesto se encuentra el usuario solicitante si en el momento oportuno realiza la contestación a la oposición, la autoridad tampoco expresa alguna respuesta o declaración de fondo. En Argentina es un proceso más complejo, en el que en cada una de sus etapas se emiten comentarios. - Instantáneas sobre el derecho a la propia imagen. Un análisis de la legislación y jurisprudencia actual y el derecho comparado
Institución: Universidad de La Sabana
Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual
Autores: Durañona, Santiago; Peruzzotti, Mariano
Fecha de publicación en la Revista: 2021-12-28
En el presente artículo se aborda el análisis del derecho a la imagen, considerando a tal efecto su evolución en diversos sistemas jurídicos para llegar a su actual concepción. Para ello se toman en cuenta los caracteres, la legislación y la jurisprudencia. Principalmente, se toma como referencia el caso en la Argentina y luego luego se desarrolla su tutela en el derecho comparado, específicamente EE. UU., España y Portugal. Como se podrá observar a lo largo del trabajo, dependiendo el territorio en cuestión, el derecho a la imagen cuenta con diferente alcance y protección. A pesar de ello, corresponde destacar que ciertos elementos son comunes y se reiteran en una gran cantidad de jurisdicciones. En este sentido, las definiciones del derecho bajo estudio se fueron modernizando a lo largo del tiempo, adaptándose a los escenarios cambiantes que se han ido presentando. Vale señalar que el desarrollo de la tecnología ha tenido un impacto sustancial en este derecho, en especial por la proliferación de dispositivos accesibles al público que permiten la captación instantánea de imágenes que, a su vez, pueden ser reproducidas inmediatamente y difundidas en forma masiva a cualquier parte del mundo. Ello ha dado surgimiento a un derecho que, como tantos otros, requiere de una regulación dinámica y adaptable a cada época. - Desinformación y derechos de autor: una coexistencia difícil
Institución: Universidad de La Sabana
Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual
Autores: Lucchi, Nicola; Bonadio, Enrico; Pollicino, Oreste
Fecha de publicación en la Revista: 2021-12-28
Como es bien sabido, las nuevas tecnologías han cambiado profundamente la forma en que se elabora, comparte y difunden contenidos. Uno de los cambios más recientes (y preocupantes) es el fenómeno de las “noticias falsas”, especialmente desde que la desinformación y la tergiversación intencional de información real han comenzado a afectar la toma de decisiones individuales en la esfera política. Es un fenómeno preocupante debido a que la difusión de noticias falsas puede poner en riesgo los valores democráticos y socavar la seguridad nacional. En este contexto cabe preguntarse: ¿pueden los derechos de autor desempeñar un rol en la lucha contra las noticias falsas? Y, preliminarmente, ¿cuál es la relación entre esas noticias y los derechos de autor? En teoría, las noticias falsas caen dentro del objeto de protección de los derechos de autor y, a menudo, pueden cumplir con sus requisitos de protección. El presente artículo analiza tres noticias falsas recientes que se han difundido ampliamente en línea, poniendo de relieve que los derechos de autor pueden subsistir en tales noticias. El primer ejemplo es un breve artículo, mientras que los otros dos ejemplos se refieren a una fotografía modificada digitalmente y un video. No obstante que estas noticias sean potencialmente susceptibles de protección por derechos autorales, proponemos eliminar cualquier derecho de este tipo que pueda surgir, y ello por motivos de interés público. De hecho, cuando una obra goza de protección de derechos de autor, sus titulares tienen un incentivo para explotarla, ya que el monopolio que se les otorga les permite obtener beneficios de la obra, por ejemplo, mediante licencias. Esto puede contribuir a alentar a los creadores de noticias falsas a difundirlas de manera exponencial a través de múltiples canales para llegar a un público amplio. Por lo tanto, excluir los derechos de autor podría contribuir a que las noticias falsas sean menos atractivas. En este artículo también se hará una breve referencia a las defensas de los derechos de autor que las entidades e individuos que verifican la veracidad de las noticias (verificadores de hechos) pueden hacer valer, es decir, la doctrina del uso justo según la ley de los Estados Unidos y varias excepciones disponibles en la legislación de la Unión Europea (y el Reino Unido), a saber, el uso transitorio, la extracción de textos y datos, la excepción de crítica y revisión y de seguridad pública. - El nuevo régimen jurídico de las marcas en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial de México
Institución: Universidad de La Sabana
Revista: Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual
Autores: Téllez Navarro, Javier Augusto
Fecha de publicación en la Revista: 2021-12-28
El presente artículo es un análisis sobre los aspectos que, bajo la opinión del autor, son relevantes sobre el procedimiento de registro de signos distintivos en México, al tenor de la nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, entendiendo dichos signos distintivos como: marcas, avisos y nombres comerciales. Se hace una descripción de las nuevas figuras jurídicas de protección, como las marcas no tradicionales: olfativas, sonoras, de certificación, imagen comercial, holográficas. Asimismo, se describe, se analiza y se concluye sobre la eficacia del procedimiento de oposición. De igual forma se hace una crítica sobre la constitucionalidad del artículo 221 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, ya que pone en tela juicio cuestiones sobre la aportación de pruebas en un procedimiento diverso y con efectos jurídicos distintos. Se da a conocer sobre los cambios que hay en cuanto a la vigencia del registro de los signos distintivos y de la declaración de uso, así como los distintos periodos que se deben tomar en cuenta para tramitar correctamente dicha declaración ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Se conceptualiza el término “mala fe” ante la solicitud de un registro de marca cuyo propósito sea obtener un beneficio o ventaja competitiva indebida en perjuicio de quien tenga mejor derecho a ello, lo que traerá como consecuencia un impedimento legal y la probable negativa del registro. En suma, se plantea el procedimiento del registro de un signo distintivo en México, desde el ingreso de una solicitud hasta su posible concesión por parte de la autoridad administrativa.