Browsing by Author "Zambrano, Pilar"
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- Aproximación valorativa al derecho y derechos constitucionales
Institución: Universidad de La Sabana
Revista: Díkaion
Autores: Zambrano, Pilar
Fecha de publicación en la Revista: 2009-07-17
Fecha de cosecha en Ciencia Nacional: 2024-04-30
Una de las tesis nucleares del positivismo legalista y normativista -todavia vigente en el pensamiento de algunos tribunales, como el Tribunal Constitucional Español- es la pretensión de que la interpretación y aplicación del Derecho se lleve a cabo con tal prescindencia de valores extralegales. Esto significa, en lo que a los derechos fundamentales respecta, que ni en su interpretación ni en su aplicación puede el juez pronunciarse acerca de su fundamento, o, más específicamente, sobre cuál es el fundamento de la dignidad humana, y, correlativamente, cuál es el sentido y alcance del respeto incondicionado y del marco de libertad que esa dignidad reclama. Esto explica la conocida sentencia de Bobbio, a saber, que desde la Declaración Universal de 1948 ya no hace falta preguntar por el fundamento de los derechos humanos.En este trabajo se intenta poner de manifiesto que la dinámica jurídica toma ineludible la resolución de estas cuestiones. Dicho de otro modo, que la aspiración de construir una teoría avalorativa es ilusoria al menos en el campo de la decisión judicial. Se analizan con este fin dos asuntos íntimamente ligados: a) la determinación judicial del alcance de los derechos fundamentales; b) la alienabilidad del derecho a la vida. - El Derecho como práctica y como discurso. La perspectiva de la persona como garantía de objetividad y razonabilidad en la interpretación
Institución: Universidad de La Sabana
Revista: Díkaion
Autores: Zambrano, Pilar
Fecha de publicación en la Revista: 2010-02-15
Fecha de cosecha en Ciencia Nacional: 2024-04-30
El trabajo se propone ofrecer una comprensión tanto de los orígenes como de los límites de la problematicidad de la interpretación jurídica –en particular, aunque no de modo único, de la interpretación constitucional–, focalizada en la estructura intencional del Derecho como discurso escrito y como práctica social. En cuanto discurso, el Derecho se concibe como un conjunto de “actos del habla”; en tanto práctica social, la comprensibilidad del Derecho se vincula a los fines o a las intenciones que se proponen sus participantes y que lo distinguen de otras prácticas sociales. Se concluye desde esta doble perspectiva que, lejos de ser un método entre otros, la interpretación teleológica es la estructura formal indisponible de toda interpretación jurídica. Sobre esta base se intenta mostrar que, aunque la proyección teleológica del Derecho opere como causal de la problematicidad de la interpretación jurídica, al mismo tiempo se constituye en el límite o marco para la dimensión creativa de la interpretación. A partir de aquí se defiende la tesis de que la problematicidad de la interpretación jurídica no es sinónimo de arbitrariedad en el Derecho constitucionalizado, al menos si se asumen dos postulados. Primero, que la abstracción del lenguaje jurídico es indeterminación, pero no vaguedad. Segundo, que los fines últimos del Derecho se ligan a una concepción de persona objetiva –metafísica, no política–. - Principios fundamentales e inteligibilidad del Derecho. Entre el realismo semántico y una teoría objetiva del bien y de la acción
Institución: Universidad de La Sabana
Revista: Díkaion
Autores: Zambrano, Pilar
Fecha de publicación en la Revista: 2015-05-26
Fecha de cosecha en Ciencia Nacional: 2024-04-30
Este trabajo se propone argumentar que una teoría semántica realista, como la propuesta por Hillary Putnam y Saul Kripke, ofrece una explicación suficiente de la función significativa de los enunciados fundamentales. más concretamente, se intenta mostrar que la prioridad de la referencia sobre el significado en el orden semántico, y la prioridad de la aprehensión sobre el juicio en el orden cognitivo, constituyen una necesidad lógica de cuatro caracteres generalmente consensuados de los enunciados fundamentales: su proyección universal, su naturaleza categórica, su pretensión de inteligibilidad y su pretensión de razonabilidad. Se arguye, asimismo, que la asunción de una semántica realista no implica ligar los enunciados fundamentales con una descripción teórica de la naturaleza humana, sino con tipos básicos o rígidos de acciones intencionales y de bienes. DOI: 10.5294/dika.2014.23.2.8
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